El pasado 8 de abril, se publicó en el BON la RESOLUCIÓN 25E/2021, de 9 de marzo, de la Directora General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas  Fomento de la Empresa Digital Navarra 2021.

Se subvencionarán los proyectos realizados por pymes en la implantación del comercio electrónico, las soluciones empresariales en la nube (cloud computing), el teletrabajo, los sistemas de gestión y planificación de los recursos empresariales, y las soluciones TIC aplicadas a la “Transformación Digital” de la empresa.

Importe de las subvenciones

El porcentaje de ayuda es del 40%.

Proyectos que optan a estas subvenciones

  • Comercio electrónico: para aquellas empresas que deseen crear una tienda online
  • Soluciones empresariales en la nube (cloud computing): Soluciones de acceso remoto no implementadas en local, que deben estar relacionadas con los diferentes ámbitos de gestión de la empresa y que contribuyan a mejorar su competitividad.
  • Teletrabajo:Soluciones para facilitar el trabajo a distancia del personal de la empresa solicitante
  • Sistemas de gestión y planificación de los recursos empresariales

 

Los proyectos de implantación deberán reunir los siguientes requisitos para optar a las subvenciones:

2.1. Tipo A. Comercio electrónico:

a) Deberá desarrollarse sobre sistemas estándar y contener un gestor de contenidos sin restricciones para su gestión.

b) Estar adaptada para dispositivos móviles.

c) El dominio donde se aloje el comercio electrónico deberá estar a nombre de la empresa solicitante.

d) El contenido de la web y los productos o servicios a la venta que se expongan en ella, deben estar relacionados con la actividad económica de la empresa beneficiaria.

e) Las plataformas de comercio electrónico B2C deben permitir la contratación de los productos o servicios comercializados por la solicitante y la realización de las transacciones de pago on line en tiempo real.

f) Las plataformas de comercio electrónico B2B permitirán la celebración de contratos on line y el pago podrá realizarse por cualquier sistema de pago que se considere adecuado a la naturaleza de los bienes o servicios objeto de transacción.

g) Se considerará subvencionable la creación o adaptación de webs por empresas del sector turístico, que incluyan la integración en cualquier plataforma de reservas disponible, permitiendo así la contratación o reserva online de los servicios ofrecidos.

2.2. Tipo B. Soluciones empresariales en la nube (cloud computing)

soluciones de acceso remoto no implementadas en local, que deben estar relacionadas con los diferentes ámbitos de gestión de la empresa y que contribuyan a mejorar su competitividad.

Se considerarán subvencionables los proyectos enmarcados en alguno de los siguientes tipos de servicio:

a) Infraestructura como servicio (IaaS – Infrastructure as a Service).

b) Plataforma como servicio (PaaS – Platform as a Service).

c) Software como servicio (SaaS – Software as a Service).

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2.3. Tipo C. Teletrabajo

soluciones para facilitar el trabajo a distancia del personal de la empresa solicitante, por ejemplo:

a) Soluciones de acceso remoto que incluyan todo lo necesario para un correcto funcionamiento del acceso a las redes corporativas y su operación en remoto, así como los sistemas de seguridad necesarios.

b) Soluciones para comunicaciones a distancia que faciliten el teletrabajo y la comunicación en grupos, tales como chats, videoconferencias, recursos compartidos, etc.

c) Soluciones específicas cuyo objeto principal sea el teletrabajo.

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2.4. Tipo D. Sistemas de gestión y planificación de los recursos empresariales

consistirán en el desarrollo e implantación de soluciones que aúnan la gestión de recursos empresariales, logística interna y externa e integración de cadena de valor horizontal y vertical, enmarcadas en algunos de los siguientes ámbitos:

a) Aplicaciones de gestión integrada de la información de la empresa, entre otras ERP y aplicaciones de Business Intelligence.

b) Aplicaciones de gestión logística interna y externa (SCM, SGA, MRP y CRM).

c) Aplicaciones la gestión del ciclo de vida de productos y servicios de soporte remoto de productos (PLM, PDM, DFM).

Estos proyectos deberán cumplir, además, los siguientes requisitos:

–Deberán suponer innovación en el ámbito de la empresa desde el punto de vista tecnológico o de aplicación a producto, servicio u organización.

–Deberán ser implantados en un establecimiento de la empresa sito en Navarra.

2.5. Tipo E. Soluciones TIC aplicadas a la “Transformación Digital” de la empresa

consistirán en el desarrollo e implantación de soluciones TIC que resuelvan una problemática o generen una oportunidad de negocio en la empresa, en el ámbito de las relaciones de la cadena de valor horizontal y vertical.

Los ámbitos de aplicación de los proyectos, podrán ser entre otros:

a) Mejora de proceso y producto.

b) Ciberseguridad

c) Relaciones proveedor/cliente

d) Gestión organizacional

3. No serán subvencionables los proyectos de actualización o mantenimiento de proyectos subvencionados en las tres convocatorias anteriores de “Fomento de la Empresa Digital de Navarra” de los años 2017, 2018 y 2019.

4. Los contenidos subidos a Internet de todos los proyectos que opten a subvenciones, evitarán cualquier imagen discriminatoria de la mujer y fomentarán la igualdad y la pluralidad de roles entre mujeres y hombres. Asimismo, se evitará el uso de un lenguaje sexista en todos los textos incorporados a dichos contenidos.

 

Periodo de realización

El periodo para la realización de los gastos de estas subvenciones estará comprendido entre el 1 de octubre de 2020 y el 30 de septiembre de 2021.

 

Contacto

Servicio de Fomento Empresarial
Sección de Promoción de Industria 4.0

Parque Tomás Caballero, nº 1, 6ª planta
Edificio Fuerte del Príncipe II
31005 Pamplona (Navarra)

Teléfonos: 848 42 05 58

Correo electrónico: industria4.0@navarra.es